lunes, 15 de marzo de 2010

Controversia maritima entre Chile y el Peru

CONTROVERSIA EN DELIMITACIÓN MARÍTIMA ENTRE CHILE Y EL PERÚ

Las Repúblicas del Perú y Chile sostienen un diferendo diplomático sobre la soberanía de una zona marítima de aproximadamente 37,900 kms2 en el Océano Pacífico.
Para Chile no existen temas limítrofes pendientes con el Perú, ya que los límites marítimos han sido definidos en 1952 y 1954 cuando ambos países suscribieron Convenios de pesca donde se específicaban claramente las fronteras marítimas.
Para el Perú, el límite marítimo con su vecino del sur no está definido ya que nunca se ha firmado un Tratado que establezca dicho límite.
Para Chile, la frontera marítima con el Perú es la línea del paralelo (línea azul), lo que deja sin mar a las provincias peruanas del sur.El Perú, considera que le correspondería seguir una prolongación de sus costas (línea verde), pero que eso no sería justo para Chile. Lo justo y equitativo para ambos países sería trazar una línea media (línea roja) para definir la frontera entre ambos países.

HISTORIA DE LA CONTROVERSIA

Este conflicto tiene sus inicios en el siglo XIX cuando el mapa de Sudamérica era diferente y Chile era un pequeño pero próspero país, que explotaba recursos minerales en suelo boliviano con el apoyo de capitales ingleses. En 1879 el gobierno de Bolivia decidió elevar en 10 centavos los impuestos a cada quintal de salitre extraído de su territorio y exportados por una empresa chileno-británica. En represalia, Chile invadió Bolivia y le declaró la guerra.
Perú trató de mediar en el conflicto, pero Chile también le declaró la guerra al Perú, debido a que el Perú tenía una alianza militar con Bolivia.
La guerra tomó por sorpresa a Bolivia y Perú, quienes se encontraban en clara desventaja militar frente a Chile. Bolivia no tenía armada ni Ejército y tras un año de enfrentamientos se retiró de la guerra, dejando al Perú solo contra Chile.
Luego de cuatro años de guerra, Chile venció y extendió sus fronteras hasta sus actuales límites, apropiándose de las provincia boliviana de Antofagasta y las provincias peruanas de Tarapacá y Arica. También ocupó la ciudad de Lima por cuatro años y la provincia de Tacna por 50 años. Bolivia perdió su acceso al mar.
Entonces, Chile emprendió una política de "chilenización" de las provincias peruanas y bolivianas, expulsando a familias que habían habitado la zona por cientos de años y colocando en su lugar a colonos chilenos, en lo que se denominó "chilenización".
Sólo de la ciudad de Iquique fueron expulsados 40,000 peruanos y sus propiedades fueron confiscadas por el gobierno chileno. Los pobladores que se negaban a dejar su ciudad eran hostilizados y amenazados de muerte y sus nombres eran publicados en "actas de defunción" en los diarios.
De esta forma, Chile tomó posesión no sólo de una importante extensión territorial, sino también de enormes depósitos salitreros, guaneros y cupríferos, así como de extensos recursos marinos que contribuyeron decisivamente a su actual riqueza económica.
Ya que el Perú se negaba a rendirse, Chile apresó al presidente peruano y lo retuvo en territorio chileno hasta que se firmó el Tratado de Ancón, que puso fin a la guerra en 1883 y por el cual Chile incrementó su territorio, avanzando del paralelo 24 hasta el paralelo 18. En ese Tratado, así como en el complementario Tratado de Lima de 1929 se determinan las nuevas fronteras terrestres, pero no existen referencias sobre las fronteras marítimas entre Chile y Perú.
En 1947, tanto Chile como Perú proclaman unilateralmente, que sus respectivos Estados poseen soberanía sobre los mares adyacentes a las costas de sus territorios.
PRINCIPALES ARGUMENTOS CHILENOS
Desde 1952, el Perú reconoce que la frontera marítima con Chile es la línea del paralelo, y lo ha hecho a través de diversos documentos. Además, desde la Guerra del Pacífico, en el siglo XIX, Chile ejerce soberanía y control en toda el área que el Perú está reclamando.
En 1952 Chile, Ecuador y Perú suscriben la "Declaración de Zona Marítima" en Santiago de Chile, por la que establecen el reconocimiento de las 200 millas náuticas de cada país, cuya definición corresponde a un minuto de arco sobre el paralelo de la línea del Ecuador.
En 1954, Chile, Ecuador y Perú deciden firmar un nuevo documento, llamado "Convenio sobre Zona Especial Marítima", debido a que "se producen con frecuencia de modo inocente y accidental, violaciones de la frontera marítima entre los Estados vecinos", situaciones que se intentan regular y para lo cual "establécese una zona especial, a partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10 millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que constituye el límite marítimo entre los dos países".
En 1955, el gobierno del Perú, en la resolución Nº 23, afirma que la zona marítima peruana está "limitada en el mar por una línea paralela a la costa peruana y a una distancia constante de ésta, de 200 millas náuticas" (punto 1) y que, de conformidad "con el inciso IV de la Declaración de Santiago, dicha línea no podrá sobrepasar a la del paralelo correspondiente al punto en que llega al mar la frontera del Perú" (punto 2).
En 1955, el Congreso del Perú ratifica los acuerdos de 1952 y 1954 (y otros acuerdos y convenios relacionados).
Según la posición chilena, los acuerdos de 1952 y 1954 tienen la naturaleza de un Tratado Internacional, se basan para ello en la Convención de Viena de 1980, que si bien no tiene efectos retroactivos, están reconociendo un derecho internacional consuetudinario.
La Convención de Derecho del Mar indica que los acuerdos previos vigentes entre los Estados y, además, la existencia de derechos históricos, priman por sobre el establecimiento de la línea media contemplada por la misma convención y desde hace más de 50 años, en la práctica, Chile ha ejercido soberanía en el espacio marítimo reclamado por Perú, deteniendo a los buques pesqueros peruanos que han cruzado el paralelo.

PRINCIPALES ARGUMENTOS PERUANOS
El Perú no reconoce los acuerdos pesqueros de 1952 y 1954 como tratados de límites marítimos.
En 1982, las Naciones Unidas aprueban la Convención sobre el Derecho del Mar (Convemar) llamada, la Constitución de los Océanos. La Convención del Mar establece que en ausencia de tratados formales, el método para establecer los límites marítimos es el trazo de una línea media y la aplicación del principio de la equidad. Según la posición peruana, Chile y Perú, nunca han firmado un Tratado específico de límites marítimos y Chile pretende imponer un límite marítimo tremendamente inequitativo.La Declaración de Zona Marítima de 1952, firmada por delegados de Chile, Ecuador y Perú, define como zona marítima de cada uno de los países las 200 millas medidas desde la costa. Perú sostiene que debido a las características de la costa del Pacífico, las 200 millas de Chile se sobreponen a las 200 millas del Perú. Si como Chile exige, se considerara al paralelo como límite, la ciudad peruana de Camaná solo tendría 100 millas de mar territorial, Mollendo sólo tendría 80 millas, Ilo 40 millas, Sama 20 millas y Tacna no tendría mar, pues tendría 0 millas en el punto de la Concordia.
Para el Perú, el acuerdo de 1954, firmado por delegados de Chile, Perú y Ecuador, denominado "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima", sería sólo un convenio de pesca y no un tratado de limites. Sólo por error los negociadores habrían mencionado límites marítimos, que no se encontrarían definidos por tratado alguno.
La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, señala que no puede tomarse un acuerdo internacional, usándolo en otro sentido: "Un tratado deberá interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin".
SITUACIÓN ACTUAL
En la práctica Chile sigue ejerciendo soberanía en el espacio marítimo reclamado por Perú, por lo cual la Armada chilena, en los casos que buques pesqueros peruanos cruzan el paralelo, procede en la forma habitual (detención, traslado hasta el puerto de Arica, confiscación de los productos obtenidos, imposición de una sanción pecuniaria y la deportación al Perú).
El 23 de mayo de 1986, el Perú solicitó a Chile establecer el límite marítimo entre ambos países, bajo la premisa que aún no se ha celebrado un Tratado especifico de delimitación marítima. Para el Perú, todos los acuerdos anteriores, son apenas convenios de pesca, ante lo cual Chile respondió que los acuerdos de 1952 y 1954 constituyen tratados de límites marítimos entre ambos países.
Perú ha solicitado llegar a un entendimiento pacífico usando los mecanismos bilaterales, como la Comisión Mixta Permanente de Límites, Chile respondido que la frontera marítima ya está definida.
Finalmente el Perú ha decidido presentar el diferendo ante la Corte Internacional de La Haya, en virtud a que Chile y Perú suscribieron el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá) de 1948, que establece que si no existe voluntad de las partes, y no habiéndose convenido un procedimiento arbitral, cualquiera de los Estados parte tienen derecho a recurrir a la Corte Internacional de Justicia, existiendo competencia obligatoria de ésta, tratándose controversias de orden jurídico que verse, entre otras, sobre la interpretación de un tratado y cualquier cuestión de Derecho internacional (artículo XXXI y XXXII del Pacto de Bogotá de 1948, en concordancia con el artículo 36 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia).

LA CONTROVERSIA MARÍTIMA CON CHILEPor César Robles Ascurra
El 19 de marzo fue clave para los intereses nacionales, ya que el Estado peruano, a través de la Cancillería y de su agente, el embajador Allan Wagner Tizón, presentaba ante la Corte Internacional de Justicia de la Haya, con sede en Holanda, la memoria sobre delimitación marítima que tanto polvo ha levantado en el vecino del Sur.
La memoria, que es el documento que sustenta la demanda peruana ha producido reacciones altisonantes en diversos sectores políticos, académicos y diplomáticos chilenos, llegando a ser catalogada como de “acto inamistoso”, tal como lo señaló su ex canciller Alejandro Foxley.
Pero ¿qué es lo que esta en disputa, y cuál es la génesis del problema con Chile?, en esta nota ensayamos algunas respuestas

LAS CONSECUENCIAS NEFASTAS DE LA GUERRA

En principio, el asunto tiene su origen en las nefastas consecuencias de la Guerra del Pacífico de 1879. Producto de esto, se firma el 20 de octubre de 1883 el Tratado de Ancón, por lo que el Perú cede a Chile Tarapacá y se queda en posesión, por espacio de 10 años de Arica y Tacna, tiempo en el que se realizaría un plebiscito para determinar la nacionalidad de esta provincia
Al cabo de los años, el Tratado de Ancón fue violado y no se cumplieron los compromisos adquiridos por parte de Chile, por lo que tuvieron que entablarse nuevas negociaciones que culminaron con la firma del Tratado de Lima de 1929 y su Acta Complementaria de 1930. Este tratado puso fin a la delimitación territorial, quedando pendiente la delimitación marítima, situación que empezó a abordarse, recién en la década del 50 con la declaración de la tesis de las 200 millas marinas
NO SÓLO ES EL MAR
La controversia con Chile contiene tres componentes que se entrecruzan y son vitales entre si. La primera, referida a la delimitación de la frontera marítima de ambos países en los que se reconocen derechos de soberanía y jurisdicción sobre las 200 millas marinas; la segunda, es la pretensión chilena de desconocer un área aproximada de 28,471.86 km2 de mar peruano que consideran “alta mar” y en el que se irrogan derechos de exclusividad, y finalmente, el desacuerdo en relación al punto de inicio de la frontera marítima.
Un dato interesante a considerar, a fin de obtener una comprensión integral del problema, es el referido a las características morfológicas de la frontera entre Perú y Chile, lo que origina un solapamiento de sus espacios marinos en relación a la soberanía de sus 200 millas.
Esto se origina porque la costa peruana es oblicua, y la costa chilena recta, lo que constituye un ángulo de 120º, 30º de los cuales son para el caso de Perú, y 90º en el caso de Chile. Si aceptáramos la hipótesis chilena, de una delimitación por el paralelo, esta produciría una mutilación de la zona marina del Perú en un área de 67,139.4 Km2 de su costa, lo que originaría que “la proyección del mar peruano en ese extenso litoral tendría 120 millas en Camaná (Arequipa), 92 millas en Punta Islay (Arequipa), 46 millas en Punta Coles (Moquegua), 27 millas en Punta Sama (Tacna), 19 millas en Vila Vila (Tacna), 1,2 millas en Santa Rosa (Tacna), y en el punto en el que la frontera terrestre común llega al mar, 0 millas. Se privaría al pueblo peruano de una importante área marina que es parte de su economía y de sus posibilidades de obtener la seguridad alimentaria”. (1)
Para el ex canciller Manuel Rodríguez Cuadros, la pretensión chilena dejaría al Perú con un punto seco en su frontera frente al mar, donde Tacna no tendría ni siquiera mar territorial, lo cual contradice el principio esencial del derecho internacional de que la tierra domina el mar, y que bajo ese título, todo Estado costero posee soberanía y jurisdicción sobre el mar adyacente a sus costas.
Rodríguez Cuadros señala también que “las proyecciones hasta las 200 millas que han efectuado los Estados son conformes al Derecho Internacional. El problema es que no existe espacio oceánico suficiente para que esas proyecciones no se solapen. Consecuentemente, se da la hipótesis material que presupone toda delimitación: la superposición de la proyección de los espacios marítimos adyacentes a las costas de dos estados en su frontera continental lateral”.
El Estado peruano ha planteado en su demanda ante la Corte de la Haya, que la frontera marítima con Chile debe corresponder a una línea que asegure la equidad de los beneficios para ambos Estados. Chile sostiene sin embargo, que los límites y la superposición ya han sido resueltos por la línea del paralelo geográfico que pasa por el Hito Nº 1. Para ello se ampara en la Declaración de Santiago del año 1952, (200 millas marinas), y en el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima del año 1954.

Pero ¿a que se refieren estos dos convenios a los cuales alude Chile para sustentar su tesis del paralelo geográfico?
El antecedente inmediato para entender la naturaleza de los convenios suscritos con Chile se remonta al año de 1947, en el gobierno de Don José Luis Bustamante y Rivero. Ante la voracidad y rapiña de diversas empresas y embarcaciones extranjeras que saqueaban nuestros recursos marinos sin ningún tipo control o de impuesto para las arcas del Estado, el gobierno, a través de la Cancillería, inicia las gestiones diplomáticas para proteger, de manera conjunta con Chile y Ecuador, sus riquezas marinas hasta un área de 200 millas.
Producto de esta decisión soberana, el gobierno de José Luis Bustamante y Rivero emite el 1 de agosto de 1947 el Decreto Supremo Nº 781, en el que se delimita nuestro mar territorial en una extensión de 200 millas.
Es en este marco que “el Gobierno de Chile asume la iniciativa de convocar en Santiago, entre el 11 y el 16 de agosto de 1952, una Conferencia sobre la Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur”. (2)
Al respecto, Manuel Rodríguez precisa que el objeto de la conferencia de Santiago fue muy específico, y que ésta tuvo que ver con su naturaleza económica, como es el de proteger los recursos marinos, y particularmente, dar respuesta a la caza indiscriminada de ballenas por embarcaciones extranjeras en las costas del Pacífico Sur.
A diferencia del Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima, que es el otro instrumento que Chile pretende utilizar para justificar su pretensión de soberanía y jurisdicción sobre mar peruano. Este convenio se remonta al año de 1954 a raíz de las constantes violaciones de los espacios marinos por parte de pescadores artesanales. Producto de esto, se firma un convenio para “exención de sanciones” que es suscrito por los tres países y en el que se considera una zona de tolerancia o de “límites” para evitar la imposición de multas o sanciones a los pescadores artesanales.
Esto se complementa con lo que en Chile han denominada las Actas de 1968 y 1969, que son documentos complementarios tanto de la Declaración de Santiago como del Convenio Sobre Zona Especial Marítima.
Pero estas mal llamadas Actas de 1968 y 1969, no son otra cosa que un informe técnico, de un nivel secundario y un acta de levantamiento de incidencias en el trabajo de una delegación mixta de carácter técnico para el establecimiento de unas torres o señales de orientación que permitieran guiar a las pequeñas embarcaciones pesqueras en la zona especial de frontera.
Sobre estos convenios, Manuel Rodríguez recalca que “no son tratados de límites porque no contienen una cláusula delimitadora ni han trazado límites marítimos entre ambos países. Una prueba adicional de esta realidad es el hecho de que ambos instrumentos jurídicos son denunciables en toda su extensión y sin excepción alguna en relación a todas y cada una de sus cláusulas. Los tratados de límites, por el contrario, por su naturaleza, son perpetuos y no pueden ser denunciados”, dice.
ALTA MAR
El segundo caso en controversia es el desconocimiento a la soberanía peruana que realiza Chile a un considerable espacio marítimo de 28,471.86Km2, al que pretenden otorgarle el status de “alta mar”, y en el que reclaman derechos exclusivos de pesca, así como irrogarse facultades de preservación, regulación, seguridad y atributos jurisdiccionales en el dominio marítimo peruano.
Para ello, el gobierno de Chile manifiesta que se trataría de un área que parte de la alta mar, y que es parte de su “mar presencial”, por lo que se irroga derechos para desarrollar regulaciones y actividades económicas sobre el mar peruano.
EL PUNTO DE LA CONCORDIA
El tercer caso tiene relación con el punto de inicio de la frontera terrestre entre el Perú y Chile, que corresponde al punto denominado Concordia, situado a la orilla del mar, donde la tierra llega al mar, en la coordenada de latitud 18º 21´08 S, de conformidad con el Tratado de Lima de 1929, y de su Acta Complementaria de 1930.
Para el gobierno de Chile, la frontera entre ambos países se inicia en el Hito Nº 1, en la coordenada de latitud, 18º 21´ 00”, ubicado a 268 metros tierra adentro. La posición chilena sostiene que las Actas de los años de 1968 y 1969 que suscribieron ambos Estados modificaron el Tratado de 1929.
Esta hipótesis, además de ser falsa por desconocer el punto Concordia como de inicio de la frontera terrestre, mutilaría al Perú de un área aproximada de 37 mil m2 de territorio ubicado en la zona de Tacna.
Estas diferencias, que la Corte Internacional de Justicia de La Haya debe resolver de acuerdo a principios de equidad y justicia, deben ser respetados por ambos Estados. Esto sin embargo, no nos debe hacer olvidar del constante expansionismo y armamentismo chileno.

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